Espacios Naturales en España

En esta web te daremos información sobre diferentes espacios naturales, Parques Naturales, Parques Nacionales, Reservas Biológicas ... Los clasificaremos por provincias a fin de que puedas saber a primer vistazo donde se encuentran.
Mapa Parques Nacionales de España

Parques Nacionales

Parques Naturales

Reservas de la Biosfera

En la sociedad moderna, los problemas relacionados con la conservación de nuestro patrimonio natural y nuestra biodiversidad están cada vez más preocupados. Globalización de los problemas ambientales y mayor conciencia de los efectos del cambio climático; agotamiento gradual de ciertos recursos naturales; La extinción a veces irreversible de un gran número de especies de flora y fauna silvestre y la degradación de espacios naturales de interés se han convertido en motivo de gran preocupación para los ciudadanos que reclaman su derecho a un medio ambiente de calidad garantizando su salud y bienestar. Este requisito está de acuerdo con lo establecido en nuestra Constitución, cuyo artículo 45 reconoce el derecho de toda persona a un medio ambiente propicio para el desarrollo de la persona, así como la obligación de preservarlo, requiriendo que las autoridades del Estado garanticen el uso de todos los recursos naturales para proteger y mejorar la calidad de vida; y la protección y restauración del medio ambiente, sobre la base de una solidaridad colectiva inherente.

En este marco, esta ley establece el régimen jurídico básico para la conservación, uso sostenible, mejora y restauración del patrimonio natural y la biodiversidad de España, en el marco de la obligación de preservar y el objetivo de garantizar los derechos de las personas a una adecuada medio ambiente para sus pozos. -ser, salud y desarrollo. También incluye estándares y recomendaciones internacionales que organizaciones y regímenes ambientales internacionales como el Consejo de Europa o el Convenio sobre la Diversidad Biológica han desarrollado en los últimos años, particularmente en relación con el Programa de Trabajo por la Paz para áreas protegidas, que es la primera iniciativa concreta en el nivel internacional. apuntando a todas las áreas naturales protegidas alrededor del mundo. En el mismo espíritu, el Plan de Acción de Johannesburgo de la Cumbre Mundial sobre el Desarrollo Sostenible, 2002, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas y posteriormente reflejado en el Plan Estratégico del Convenio sobre la Diversidad Biológica, Decisión VI / 26, párrafo 11, de la Conferencia de las Partes Contratantes, que se fijó el objetivo de “lograr para 2010 una reducción significativa de la tasa actual de pérdida de diversidad biológica a nivel mundial, regional y nacional como contribución a la reducción de la pobreza y una mayor prosperidad”. de toda la vida en la tierra ”, seguida de la decisión VII / 30, un marco operativo para lograr este objetivo. A nivel europeo, la comunicación de la Comisión de las Comunidades Europeas, COM (2006) 216, aprobada en mayo de 2006, trata de los instrumentos pertinentes con el objetivo de «detener la pérdida de biodiversidad para 2010 y luego apoyar los servicios de los ecosistemas para el bienestar humano -ser «to be», objetivos que deben incluirse en la ley, que, en definitiva, define los procesos de planificación, protección, conservación y restauración encaminados a lograr un desarrollo cada vez más sostenible de nuestra sociedad, compatible con la preservación y puesta en valor de el patrimonio natural. y biodiversidad española.

A tal efecto, la ley establece que las administraciones competentes velarán por que los recursos naturales se gestionen de la forma más ventajosa para las generaciones presentes, sin mermar su potencial para satisfacer las necesidades y aspiraciones de las generaciones futuras, garantizando al mismo tiempo el mantenimiento y preservación del patrimonio. , biodiversidad y recursos naturales que existen en todo el país, independientemente de su patrimonio o régimen legal, teniendo en cuenta su ordenado uso y la restauración de sus recursos renovables.

Los principios que sustentan esta ley, desde el punto de vista de la toma en cuenta del propio patrimonio natural, tienen como objetivo el mantenimiento de procesos ecológicos básicos y sistemas vitales fundamentales, a la preservación de la diversidad biológica, genética, poblaciones y especies, así como a la conservación de la diversidad biológica, genética, poblaciones y especies. preservar la diversidad, singularidad y belleza de los ecosistemas naturales, la diversidad geológica y el paisaje.

Si bien la protección del paisaje se reivindica como uno de los principios de esta ley y regula aspectos específicos de la política del paisaje, como la capacidad de proteger algunos de ellos utilizando características más generales o específicas de áreas naturales protegidas, la necesidad de análisis del paisaje es Formar parte del contenido mínimo de los planes de gestión de recursos naturales, su posible uso como herramienta para asegurar la coherencia y comunicación con la red Natura 2000 y la promoción de actividades que contribuyan a su protección como factor externo positivo cuando forma parte de un red protegida. La ley no pretende ser un instrumento mediante el cual la política de protección del paisaje en España se implementará de forma general, como es el caso de la normativa principal del artículo 149.1.23, cuya política, contenido técnico y enfoque general no quedan excluidos. desde un punto de vista paradigmático, la implementación es necesaria. i Herramientas de gestión similares a las establecidas al menos en el Convenio Europeo del Paisaje adoptado en el Consejo de Europa en Florencia el 20 de octubre de 2000 y que posteriormente se incorporarán a la política medioambiental española.

En cuanto al uso del patrimonio natural, los principios inspiradores se centran en la preponderancia de la protección ambiental sobre la planificación territorial y urbana; integrar el principio de precaución en actividades que puedan afectar áreas naturales y / o especies silvestres; asistir en la promoción de procesos para mejorar la sostenibilidad del desarrollo asociado a las áreas naturales protegidas; promover un uso ordenado de los recursos para asegurar el uso sostenible del patrimonio natural; e integrar los requisitos de conservación, uso sostenible, mejora y restauración del patrimonio natural y la biodiversidad en las políticas sectoriales. Finalmente, asegurar la información y participación de la ciudadanía en la formulación e implementación de las políticas públicas es también un principio básico, incluyendo el desarrollo de disposiciones generales dirigidas al logro de los objetivos de esta ley.

La ley deroga y sustituye la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de protección de espacios naturales, flora y fauna silvestre, que a su vez resulta en parte de la Ley de 2 de mayo de 1975 sobre espacios naturales protegidos y posteriores modificaciones de la antigua. La Ley 4/1989 introdujo en España desde un punto de vista global el derecho internacionalmente reconocido a proteger la naturaleza, consolidando el proceso iniciado a principios de la década de 1980 con la ratificación de acuerdos multilaterales, incluidos los de humedales, comercio internacional de especies amenazadas o especies migratorias, así como especies regionales, en el patrimonio natural europeo a petición del Consejo de Europa y en el marco de la adquisición del acervo comunitario con motivo de la adhesión de España a las Comunidades Europeas el 1 de enero de 1986. Desde hace más de treinta años , esta normativa ha cubierto una fase importante de la política medioambiental, complementada por la Directiva Europea de Hábitats y las modificaciones necesarias a la legislación española. Esta estructura nacional se ha formulado a través de normativas autonómicas que, en el contexto de la actual división de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas, han permitido un nivel relativamente adecuado de conservación necesaria del patrimonio natural y la biodiversidad de España, haciéndola muy generalizada. . El derecho a la conservación de la naturaleza mediante la adopción de legislación autonómica en el marco básico de la Ley 4/1989. Esta ley tiene como objetivo impulsar este proceso, que aún debe mejorarse, con una transposición más precisa de las normas europeas y una redacción más clara, que debería garantizar, para las generaciones futuras, un mejor patrimonio natural y una mejor biodiversidad.

El patrimonio natural y la biodiversidad cumplen una importante función social por su estrecha relación con la salud y el bienestar humanos, así como su contribución al desarrollo social y económico, por ello esta ley establece que las actividades encaminadas a la consecución de sus objetivos se pueden explicar de beneficio o interés público para cualquier propósito y en particular con el fin de expropiar bienes o derechos que puedan verse afectados. También se da preferencia a los acuerdos voluntarios con propietarios y usuarios para la planificación y gestión de áreas protegidas y especies en peligro de extinción. Asimismo, es obligación de todos los poderes públicos en sus respectivas áreas de competencia velar por la conservación y uso racional del patrimonio natural en todo el territorio nacional y en aguas marinas bajo soberanía o jurisdicción de España, incluida la zona económica exclusiva. Y la plataforma continental, independientemente de su titularidad o condición jurídica, y sobre todo teniendo en cuenta los hábitats amenazados y las especies silvestres bajo protección especial. Además, la ley contiene las competencias de la Dirección General de Biodiversidad Marina.

La ley establece que las administraciones públicas deben disponer de las herramientas para conocer el estado de conservación del patrimonio natural y la biodiversidad de España, así como los motivos de sus cambios; A partir de este conocimiento se pueden desarrollar las medidas a tomar para asegurar su conservación, definiendo los objetivos y arreglos necesarios para la preservación y valorización del patrimonio natural, la protección de la biodiversidad, la conservación y conservación. uso de la naturaleza. recursos en la política sectorial. recursos naturales, recursos naturales, así como el mantenimiento y, si es necesario, la restauración de la integridad de los ecosistemas. Asimismo, las administraciones públicas tienen el deber de promover la participación y actividades que contribuyan al logro de los objetivos de la ley; identificar y eliminar o modificar incentivos que obstaculicen la conservación del patrimonio natural y la biodiversidad; promover el uso de medidas fiscales para fomentar iniciativas de conservación privadas; y promover la educación e información general sobre la necesidad de proteger las especies de flora y fauna silvestres y conservar sus hábitats, y promover la participación ciudadana, para lo cual se crea el Consejo Estatal de Patrimonio Natural y Biodiversidad.

Además, la conservación del patrimonio natural y la biodiversidad requiere de mecanismos de coordinación y cooperación entre la administración pública y las comunidades autónomas, que tienen la obligación de facilitarse mutuamente información veraz que garantice el cumplimiento de los objetivos de esta ley. y para cumplir con las funciones desarrolladas por la Comisión Nacional para la Protección de la Naturaleza y las nuevas que establece esta ley, se establece la Comisión Nacional del Patrimonio Natural y la Biodiversidad como órgano asesor y cooperativo en el campo de la conservación. patrimonio natural y biodiversidad entre el estado y las comunidades autónomas, cuyos informes o propuestas se someterán a la aprobación o familiarización con la conferencia sectorial de medio ambiente.